¿Puede un ministro de la Nación ser también legislador de la CABA o la Provincia? El profesor de Derecho Constitucional de la UDESA, Patricio Nazareno, respondió a esta y otras consultas en Todas las Cosas, el programa conducido por Diego Zelonka y Gimena Di Tada. 

“Un ministro nacional no puede ser legislador en CABA. Así está establecido por la Constitución”. Nazareno remite al Artículo 73 de la Carta Magna de la Ciudad de Buenos Aires. “Está bueno este debate sobre la posibilidad. La tentación de acumular poder no sólo se da en este país sino en todas partes del mundo, pero hay mucha legislación que busca prohibir que esto suceda”. 

En este sentido, Nazareno aseguró que es muy clara la Constitución Nacional sobre la división de poderes y la importancia de que cada uno de ellos sea autónomo e independiente. También resaltó que cada jurisdicción cuenta con su propia Constitución donde allí también se deja establecido esta incompatibilidad de que una persona ocupe cargos en dos poderes distintos. 

"En Argentina tenemos, además, un Estado Federal. Es decir, no hay una sola estructura nacional con tres poderes, sino que cada provincia y la CABA tienen también sus propias estructuras de tres poderes. La Constitución no solo prohíbe que una persona ocupe dos cargos en distintos poderes sino que también lo haga en cruces entre el sistema nacional y el provincial", sostuvo.

Finalmente, si bien reconoció que “el marco regulatorio argentino podría ser mejor", aseguró que hay normativas que abordan el tema. "El mismísimo reglamento de la Cámara de Diputados provincial indica que es la de ocupar una banca es una labor de dedicación full time, que solo se puede tomar otra ocupación si se pide permiso a la Cámara”, destacó.

¿Pueden Ministros de la Nación ser Legisladores de CABA o PBA?